Los contratos protegen a todas las partes

ONA GINER

Redacció

El contrato entre la gestante y los padres de intención o comitentes son una de las partes de la gestación subrogada más controvertidas. No somos vasijas, la principal plataforma española en contra de la gestación subrogada en España, consideran que “la maternidad subrogada no solo impide a las mujeres la capacidad de elección, sino que además contempla medidas punitivas si se alteran las condiciones”.

Los contratos de gestación subrogada sirven, principalmente, para establecer un acuerdo entre las dos partes sobre cómo se desarrollará el proceso. Según Sebastián Expósito se trata de “un contrato que se ha creado en función de las experiencias que se han dado en 40 años o más de 40 años”. De modo que, los contratos son “un recopilatorio de todas las circunstancias que se han dado a lo largo de 40 años de gestación subrogada en Estados Unidos.” Por tanto, podría decirse que la principal función de los contratos es “proteger a todas las partes”, tanto a los padres, las gestante como las clínicas.

Según Eleonora Lamm, de l’Observatori de Bioètica i Dret de la Universitat de Barcelona, es importante que se establezca la parte médica y psicológica, el salario de las gestantes y los planes de contingencia, es decir, las actuaciones en caso que el embarazo no se desarrollara de manera deseada. Pero en este tipo de contratos también se establece aquello que puede y no puede hacer la gestante; no pueden practicar sexo antes de la transferencia de embriones ni durante el embarazo, no pueden viajar durante la últimas semanas de embarazo, deben visitar al médico cada X tiempo, entre otras muchas cuestiones.

Pero, ¿qué pasa si el contrato se incumple por una de las partes? Es en este punto donde entran las disputas entre la gestante y los padres. Según Beatriz Sanromán, miembro del grupo AFIN de la Universidad Autónoma de Barcelona, uno de los miedos que tienen las gestantes es que “no aparecieran después del proceso, porqué ellas no querían tener otro hijo”.

Por tanto, el contrato protege a estas mujeres, que no desean un hijo. Eleonora Lamm considera que si los padres de intención fallecen o no se hacen cargo de la criatura, el niño debería pasar a tutela judicial, ya que la gestante no es la madre, sino la persona que lo gesta. Por otra parte, si es la gestante la que incumple el acuerdo firmado, este se puede llegar a romper.

Para Victoria Camps, una de las personas que impulsó el manifiesto de No Somos Vasijas, en la relación entre la gestante y los padres de intención no debería haber un contrato. Para la filósofa y catedrática, el contrato provoca que la gestante pierda sus derechos más fundamentales. En el manifiesto de no somos vasijas, también se hace referencia a los Derechos Humanos. La plataforma cree que la gestación subrogada considera a las mujeres como “contenedoras”, en que “sus capacidades reproductivas” son “compradas” y añaden que “ el derecho a la integridad del cuerpo no puede quedar sujeto a ningún tipo de contrato”.

 

Para saber más: 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Un comentario

  1. […] Los contratos de acuerdo se firman entre todas las partes con las que se establece cómo se desarrollará el proceso. El primer contrato se firma con los padres y la agencia que les buscará una gestante. Una vez encuentren a la gestante sustituta, esta mujer deberá firmar un contrato, primero, con la clínica que llevará el proceso y luego, con los padres comitentes. Todos los contratos sólo serán válidos en el país de destino y se gestionan en ese país escogido. […]

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